Publicidad
Categorías
Categorías
Columnista - 28 julio, 2014

La declaratoria de emergencia no es viable

Encontrándonos próximos a la llegada del fenómeno del Niño, que se viene anunciando con prolongadas sequias que afectan el territorio nacional, pero con especial rigor a los Departamentos de La Guajira, Cesar y el Magdalena, donde el sector agrícola sufre la pérdida de muchos semovientes, ruinas en los cultivos, disminución de los afluentes hídricos, desabastecimiento […]

Encontrándonos próximos a la llegada del fenómeno del Niño, que se viene anunciando con prolongadas sequias que afectan el territorio nacional, pero con especial rigor a los Departamentos de La Guajira, Cesar y el Magdalena, donde el sector agrícola sufre la pérdida de muchos semovientes, ruinas en los cultivos, disminución de los afluentes hídricos, desabastecimiento de agua apta para el consumo humano, incendios forestales etc.
Nuestros recién posesionados congresistas preocupados por la situación, proponen al Ejecutivo la declaratoria de la Emergencia Económica Social y Ecológica, para que se atienda, con los recursos del Estado, de manera ágil y eficiente la crisis que agobia a nuestra región. Empero, sin desconocer los buenos propósitos que inspiran dicha iniciativa, parece poco probable que el Gobierno del Presidente Santos, acoja dicha solicitud,pues en lo que hace a su viabilidad jurídica, tiene hoy escasas posibilidades de éxito. Veamos. La declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública, está prevista en nuestra Constitución en su artículo 215 en cuyo tenor se expresa. “Cuando sobrevengan hechos (sic) que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública. Podrá el Presidente, con la firma de todos sus ministros dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos”. Lo primero, es aclarar que la Emergencia Económica es un estado de excepción, que en lo posible hay que evitar, pues la experiencia indica que esta figura frecuentemente declarada a la luz de la pasada, Constitución de 1886 junto a la ineficiencia de los órganos de control, dieron pábulo a diversos actos corrupción administrativa. De otra parte tenemos que el Niño, es un fenómeno climático anunciado por el IDEAM con suficiente antelación, difundido profusamente por todos los medios de comunicación. Luego no es dableaducir que se trata de un hecho sobreviniente.El juicio valorativo de la Corte Constitucional, es especialmente rigurosos en esta materia, exigiendo del Ejecutivo, planes de contingencia. Es allí donde está el talón de Aquiles, pues la imprevisión en que pudo incurrir el Gobierno, no podrá servir de excusa para darle viabilidad jurídica a la declaratoria de dicho estado de excepción. [email protected]

Por Dario Arregocés

Columnista
28 julio, 2014

La declaratoria de emergencia no es viable

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

Encontrándonos próximos a la llegada del fenómeno del Niño, que se viene anunciando con prolongadas sequias que afectan el territorio nacional, pero con especial rigor a los Departamentos de La Guajira, Cesar y el Magdalena, donde el sector agrícola sufre la pérdida de muchos semovientes, ruinas en los cultivos, disminución de los afluentes hídricos, desabastecimiento […]


Encontrándonos próximos a la llegada del fenómeno del Niño, que se viene anunciando con prolongadas sequias que afectan el territorio nacional, pero con especial rigor a los Departamentos de La Guajira, Cesar y el Magdalena, donde el sector agrícola sufre la pérdida de muchos semovientes, ruinas en los cultivos, disminución de los afluentes hídricos, desabastecimiento de agua apta para el consumo humano, incendios forestales etc.
Nuestros recién posesionados congresistas preocupados por la situación, proponen al Ejecutivo la declaratoria de la Emergencia Económica Social y Ecológica, para que se atienda, con los recursos del Estado, de manera ágil y eficiente la crisis que agobia a nuestra región. Empero, sin desconocer los buenos propósitos que inspiran dicha iniciativa, parece poco probable que el Gobierno del Presidente Santos, acoja dicha solicitud,pues en lo que hace a su viabilidad jurídica, tiene hoy escasas posibilidades de éxito. Veamos. La declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública, está prevista en nuestra Constitución en su artículo 215 en cuyo tenor se expresa. “Cuando sobrevengan hechos (sic) que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública. Podrá el Presidente, con la firma de todos sus ministros dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos”. Lo primero, es aclarar que la Emergencia Económica es un estado de excepción, que en lo posible hay que evitar, pues la experiencia indica que esta figura frecuentemente declarada a la luz de la pasada, Constitución de 1886 junto a la ineficiencia de los órganos de control, dieron pábulo a diversos actos corrupción administrativa. De otra parte tenemos que el Niño, es un fenómeno climático anunciado por el IDEAM con suficiente antelación, difundido profusamente por todos los medios de comunicación. Luego no es dableaducir que se trata de un hecho sobreviniente.El juicio valorativo de la Corte Constitucional, es especialmente rigurosos en esta materia, exigiendo del Ejecutivo, planes de contingencia. Es allí donde está el talón de Aquiles, pues la imprevisión en que pudo incurrir el Gobierno, no podrá servir de excusa para darle viabilidad jurídica a la declaratoria de dicho estado de excepción. [email protected]

Por Dario Arregocés