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Columnista - 24 junio, 2014

Beneficios por Votar

Muy seguramente, usted, amable lector fue uno de los muchos ciudadanos, que ejerció su derecho al voto el pasado 15 de junio. Empero lo que no sabe, es sobre los beneficios que se derivan por haber cumplido con este deber ciudadano. Por esta potísima razón he considerado oportuno informar a la opinión pública, acerca de […]

Muy seguramente, usted, amable lector fue uno de los muchos ciudadanos, que ejerció su derecho al voto el pasado 15 de junio. Empero lo que no sabe, es sobre los beneficios que se derivan por haber cumplido con este deber ciudadano. Por esta potísima razón he considerado oportuno informar a la opinión pública, acerca de los alcances de la Ley 403 /1997 que señala cuales son estos derechos y la oportunidad legal para hacerlos efectivos, no sin antes recordarles que según el artículo 258 de la Carta Política modificado por el Acto Legislativo 1/2003 el voto es un derecho y un deber ciudadano.

Para acceder a los beneficios se debe demostrar que votó aportando el certificado electoral expedido por el Presidente de la mesa donde sufragó, pues es la prueba reina para poder reclamarlos. Dicho esto y sin más preámbulo procedo a enunciarlos: (i) En primer lugar usted tiene en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

(ii) También tiene derecho a un descuento del 10% en el valor de la matrícula en las universidades oficiales del país.

(iii) Asimismo se obtiene rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar si son soldados bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

(iv) Compensatorio: El trabajador tiene derecho a solicitar medio día de descanso remunerado, dentro del mes siguiente a la elección, o sea hasta antes del 15 de julio de la presente anualidad y si usted fue jurado de votación tendrá derecho a un día de descanso remunerado

(v) Adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.

Al mismo beneficio podrán acceder quienes figuren con igual puntaje en lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado. (vi) Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.

(vii) Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por una sola vez.

A todos estos beneficios podrán acceder quienes hicieron la apatía a un lado y a pesar de hallarse enguayabados por el contundente triunfo de Colombia frente a Grecia, cumplieron su cita con la democracia colombiana.

Columnista
24 junio, 2014

Beneficios por Votar

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

Muy seguramente, usted, amable lector fue uno de los muchos ciudadanos, que ejerció su derecho al voto el pasado 15 de junio. Empero lo que no sabe, es sobre los beneficios que se derivan por haber cumplido con este deber ciudadano. Por esta potísima razón he considerado oportuno informar a la opinión pública, acerca de […]


Muy seguramente, usted, amable lector fue uno de los muchos ciudadanos, que ejerció su derecho al voto el pasado 15 de junio. Empero lo que no sabe, es sobre los beneficios que se derivan por haber cumplido con este deber ciudadano. Por esta potísima razón he considerado oportuno informar a la opinión pública, acerca de los alcances de la Ley 403 /1997 que señala cuales son estos derechos y la oportunidad legal para hacerlos efectivos, no sin antes recordarles que según el artículo 258 de la Carta Política modificado por el Acto Legislativo 1/2003 el voto es un derecho y un deber ciudadano.

Para acceder a los beneficios se debe demostrar que votó aportando el certificado electoral expedido por el Presidente de la mesa donde sufragó, pues es la prueba reina para poder reclamarlos. Dicho esto y sin más preámbulo procedo a enunciarlos: (i) En primer lugar usted tiene en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

(ii) También tiene derecho a un descuento del 10% en el valor de la matrícula en las universidades oficiales del país.

(iii) Asimismo se obtiene rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar si son soldados bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

(iv) Compensatorio: El trabajador tiene derecho a solicitar medio día de descanso remunerado, dentro del mes siguiente a la elección, o sea hasta antes del 15 de julio de la presente anualidad y si usted fue jurado de votación tendrá derecho a un día de descanso remunerado

(v) Adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.

Al mismo beneficio podrán acceder quienes figuren con igual puntaje en lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado. (vi) Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.

(vii) Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por una sola vez.

A todos estos beneficios podrán acceder quienes hicieron la apatía a un lado y a pesar de hallarse enguayabados por el contundente triunfo de Colombia frente a Grecia, cumplieron su cita con la democracia colombiana.