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General - 9 junio, 2013

El hurto, la mayor infracción de los menores vallenatos

En las comunas tres y cuatro de Valledupar están residenciados algunos de los menores que han sido apresados por conductas delictivas.

El 88% de los jóvenes en conflicto con la ley son hombre y el 12 mujeres.
El 88% de los jóvenes en conflicto con la ley son hombre y el 12 mujeres.

Por: Carlos Mario Jiménez
[email protected]

Las familias disfuncionales es uno de los principales factores para que un niño se convierta vulnerable y caiga en hechos delictivos. Valledupar es una población afectada por la situación con menores infractores, quienes penalmente antes de los 14 años y que hayan cometido un delito, no deben ser juzgados ni declarados responsables penalmente; así lo establece el Código de Infancia y Adolescencia.

Tras cometer el acto delictivo son remitidos a un centro de atención especializada, donde muchas veces el contacto con personas que están allí internas, hace que la resocialización planteada por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, no avance a gran escala y con el pasar de los días se conviertan en responsables de hurtos, homicidios, y violaciones: los tres delitos más frecuentes en los adolescentes detenidos. 

En este año, en la capital del Cesar han sido judicializados 98 adolescentes infractores, de esos 34 son reincidentes. En lo que corresponde al año 2012, se atendieron 180 casos. Mientras tanto, los adolescentes que se encuentran en el Centro de Recepción y Observación al Menor Infractor de la Ley Penal, (Cromi) son 21. Hay que aclarar que las únicas penas incluidas dentro del Código que dan para ser trasladados al Cromi son: homicidio, secuestro, extorsión y violación sexual.

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes funciona de igual forma que en los adultos, se manejan algunas sanciones, pero la diferencia está en que las personas que cometen el delito o la infracción son sujetos titulares de derecho y ese derecho prevalece sobre cualquier otro, teniendo en cuenta que son niños o adolescentes a quienes la protección integral y la defensa de ellos debe ser con un tratamiento especial. Dentro de todo el procedimiento debe de haber una supervisión que garantice, la no violación del derecho del infractor, sin importar la conducta delictiva que haya realizado.

La Jefe del grupo  Infancia y Adolescencia de la Policía Nacional en el Cesar, subteniente Diana Milena Segura Ramírez, en diálogo con EL PILÓN aseguró que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes advierte que a los infractores no se les debe tomar como victimarios, sino como víctimas, esto quiere decir, que sí un adolescente llega a asesinar a una persona, se entiende que el menor no tenía la capacidad para tomar esa decisión y la acción que tomó fue producto de alguna conducción por otro individuo o porque la misma sociedad no le garantizó un ambiente sano en el que se debía desarrollar.

La subteniente Segura Ramírez, especialista en el manejo, expresó que según lo establecido por la Ley 1098 de 2006, del Código de Infancia y Adolescencia, categóricamente o explícitamente se determina que al tener una conducta de estas, debe tener una sanción protectora y resocializadora para el niño o adolescente, “no se puede llegar a privar de la libertad indiscriminadamente”. 

Los barrios donde más viven los menores y adolescentes apresados son: La Nevada, San Martín y Primero de Mayo. Al parecer quienes han sido retenidos por las autoridades de Infancia y Adolescencia en Valledupar, y serían por consumidores de alucinógenos. 

Según pudo conocer este diario, las zonas más atacadas por menores infractores son las avenidas Los Cortijos y Simón Bolívar, el Balneario Hurtado y barrios ubicados en las comunas tres, cuatro y cinco. En la ciudad donde existen 210 barrios, 17 asentamientos en zona de alto riesgo y 11 invasiones, los delitos por los que más apresan a los menores, son: hurto y porte o tráfico de estupefacientes. 

Según datos de la Policía Nacional, en Colombia entre septiembre de 2011 y el mismo mes de 2012, los 28.887 menores procesados ante la ley representan el 11,6% del total de capturas en el país. El 70,5% de casos correspondió a adolescentes entre 16 y 17 años. Sin embargo, también ingresaron al sistema 228 niños menores de 14 años.

Los delitos que más comenten los menores infractores fueron el hurto y el porte y tráfico de estupefacientes. Delitos como homicidio, secuestro, extorsión o violencia sexual corresponden al 4,7%.

La finalidad del Código Penal para Adolescentes es buscar establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.

¿Cuándo el menor es capturado? 

En caso de encontrar o apresar un menor infractor, la Policía de Infancia y Adolescencia se encarga de llevarlo al Centro de Servicios Jurídicos Especiales para Adolescentes (Cespa), luego se activa una ruta de atención del caso, se recibe la denuncia, se identifica plenamente la identidad de la persona, el nombre de los padres, condición social del mismo, entre otros que se suman a los actos realizados por las fiscalías especializadas para adolescentes y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, encargado de garantizar que durante el proceso ninguno de los derechos sean vulnerados.

Para que un adolescente se ingresado al Cromi, debe ser mayor de 16 años y entran solo aquellos que comentan conductas delictivas, que en el Código Penal en la Ley 906 establezcan penas de mayor a 6 años.

Las sanciones incluidas dentro del Código Penal que dan para ser trasladados al centro de reclusión son: homicidio, secuestro, extorsión y violación sexual. 

Los delitos menores 

Para los delitos menores como hurto, agresión, violencia, entre otros, las autoridades manejan la figura de libertad asistida, que consiste en que después de un juicio, el adolescente debe cumplir con algunos acuerdos, entre ellos presentarse al Cromi para hacer trabajos de resocialización, estar situado en su residencia, además los padres de familia deben hacer un compromiso con las autoridades para que el infractor no vuelva a cometer actos delictivos. 

Las razones de los padres 

Las autoridades indican que la falta de crianza durante el proceso de crecimiento por parte de los padres, es uno de los principales factores que involucra a los menores de edad o adolescentes a cometer hechos delictivos. También se han identificado que problemas con familias disfuncionales (padres separados), los cambios de roles, en donde los adolescentes por encontrarse o vivir en condiciones de vulnerabilidad salen a buscar dinero y eso no es corregido por los padres.  


La función del ICBF

El defensor de Familia del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescente en Valledupar, Mirel Felizzola, una vez ingresa el adolescente al Sistema de Responsabilidad Penal, se verifica  la garantía de derechos del adolescente, se mira el estado de amenaza y vulneración de los derechos de él. “Inmediatamente el ICBF a través de un proceso administrativo de restablecimiento de derechos inicia esa investigación para que le sean garantizados los derechos que tenga vulnerados o amenazados, en el sentido que el adolescente tenga una familia funcional, sea garante de derechos como la educación, salud, y que tenga todos los beneficios de toda niña o niño y adolescente”.

El funcionario indicó que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar hace un acompañamiento de todo el proceso penal, para que no haya violación en su proceso penal.  

¿Cuáles son las medidas para restablecer los derechos de los niños?

Amonestación a los padres de familia o responsables con asistencia obligatoria a curso pedagógico a cargo del Ministerio Público; retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la situación que amenace o vulnere sus derechos y ubicación en un programa de atención especializado para restablecer los derechos vulnerados; ubicación en medio familiar o institucional; adopción; promover las acciones policivas, administrativas o judiciales a que haya lugar.

Las instituciones competentes para el restablecimiento de derechos son; el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a través de la sectorial de Defensorías de Familia; las Comisarías de Familia, el Ministerio Público por medio de la Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Personerías, la Policía Nacional con la Policía de la Infancia y Adolescencia, a nivel municipal donde no haya Defensor de Familia, el Comisario de Familia asumirá esas funciones y en su ausencia le corresponderá al Inspector de Policía.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen a los adolescentes que se les declara responsabilidad penal?

  • Amonestación
  • Reglas de conducta
  • Prestación de servicios a la comunidad
  • Libertad asistida
  • Internación en medio semicerrado
  • Privación de libertad en centro de atención especializado

Las sanciones previstas se cumplirán en programas de atención especializados el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y el Defensor de Familia o quien haga sus veces deberá controlar su cumplimiento y verificar la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Un recordado caso 

El 26 de septiembre de 2011, un niño fue lanzado desde el puente colgante del Balneario Hurtado, el menor respondía al nombre de Sebastián Andrés Orozco De Ávila, al día siguiente fue hallado en un islote del sector conocido como Zapato en Mano, de la margen derecha del río Guatapurí. 

La madre del menor, quien tenía en ese momento 17 años, montó una completa ‘película’, para culpar a personas indeterminadas, en primer lugar aseguró ante las autoridades la existencia de un secuestro, luego  el bebé de 18 meses de nacido, apareció muerto.  
La Fiscalía 17 Seccional, encargada del caso, asumió como clara la entrevista rendida por la joven madre, el 3 de octubre de 2011 y solicitó ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Garantías de Valledupar la orden de captura contra el padre biológico del menor. La solicitud fue aceptada, al igual que su legalización ante el mismo despacho judicial.

Miguel Ángel Nieto Barrios, padre de Sebastián Andrés, en su versión negó las declaraciones de la madre y aseguró que era un ser humano y nunca cometería un hecho tan “cruel” como ese. 

Después de pasar varios días, en Valledupar se quería conocer la verdad del caso, ya que las versiones entregadas por la progenitora del pequeño tenían algunas inconsistencias y las pruebas que rendía el padre, tenían alguna veracidad. Según un informe entregado por la Policía de Infancia y Adolescencia del Cesar “el 26 de septiembre de 2011, a las 5:00 de la tarde, la madre se dirigió con su hijo de un año, caminando hacia el río Guatapurí desde su casa en el barrio La Nevada, llegando hasta la parte inferior del sector conocido como El Puente Colgante, lugar en el que arrojó a su bebé, toda vez que había maquinado el plan desde una semana antes, lanzándolo de cabeza hacia el río, donde se golpeó contra una de las piedras, observando cómo el menor era transportado por la corriente”.

El resultado final de las investigaciones ultimó que la madre de Sebastián Andrés Orozco De Ávila fue la causante del homicidio contra el menor de un año y tres meses de edad. 

Finalmente, la justicia colombiana decidió entregarle a la madre infractora recibió una sanción de 72 meses (6 años y cuatro meses) de reclusión en un Centro Especializado de Adolescentes fuera de Valledupar, ya que el existente en la capital del Cesar es transitorio. 

Cifras

En la actualidad, el ICBF en Colombia atiende a 3.300 adolescentes que se encuentran privados de la libertad por haber cometido delitos. Otros 2.200 gozan de libertad, pero siguen vinculados a un proceso y son objeto de vigilancia por parte de la entidad. Las causas económicas son: la pobreza, la desigualdad, el no acceder a la educación y la violencia intrafamiliar que, en muchas ocasiones, expulsa a los menores y terminan vinculados al delito. 

Sobre el tema penal, también quedó escrito en la ley que quien cometa un abuso contra un menor no gozará del mínimo beneficio, ni rebaja de penas, tema que empieza a regir desde este momento. 

Inversión 

La Directora General (encargada) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Adriana González Maxcyclak, reveló que la entidad ha invertido más de 447 mil millones de pesos para atender la demanda de cupos del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), el cual ha recibido 121.917 jóvenes en conflicto con la ley, desde marzo de 2007 cuando fue creado.

  • La privación de la libertad es excepcional y solo podrá definirse hasta por 5 años para delitos graves y 8 años para delitos gravísimos (homicidio doloso, secuestro o extorsión). 

“La comunidad debe de ser consciente que cuando una ciudad presenta tantos cambios de crecimientos económicos, hay muchos cambios estructurales”: Jefe del grupo Infancia y Adolescencia de la Policía Nacional, subteniente Diana Segura Ramírez. 

General
9 junio, 2013

El hurto, la mayor infracción de los menores vallenatos

En las comunas tres y cuatro de Valledupar están residenciados algunos de los menores que han sido apresados por conductas delictivas.


El 88% de los jóvenes en conflicto con la ley son hombre y el 12 mujeres.
El 88% de los jóvenes en conflicto con la ley son hombre y el 12 mujeres.

Por: Carlos Mario Jiménez
[email protected]

Las familias disfuncionales es uno de los principales factores para que un niño se convierta vulnerable y caiga en hechos delictivos. Valledupar es una población afectada por la situación con menores infractores, quienes penalmente antes de los 14 años y que hayan cometido un delito, no deben ser juzgados ni declarados responsables penalmente; así lo establece el Código de Infancia y Adolescencia.

Tras cometer el acto delictivo son remitidos a un centro de atención especializada, donde muchas veces el contacto con personas que están allí internas, hace que la resocialización planteada por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, no avance a gran escala y con el pasar de los días se conviertan en responsables de hurtos, homicidios, y violaciones: los tres delitos más frecuentes en los adolescentes detenidos. 

En este año, en la capital del Cesar han sido judicializados 98 adolescentes infractores, de esos 34 son reincidentes. En lo que corresponde al año 2012, se atendieron 180 casos. Mientras tanto, los adolescentes que se encuentran en el Centro de Recepción y Observación al Menor Infractor de la Ley Penal, (Cromi) son 21. Hay que aclarar que las únicas penas incluidas dentro del Código que dan para ser trasladados al Cromi son: homicidio, secuestro, extorsión y violación sexual.

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes funciona de igual forma que en los adultos, se manejan algunas sanciones, pero la diferencia está en que las personas que cometen el delito o la infracción son sujetos titulares de derecho y ese derecho prevalece sobre cualquier otro, teniendo en cuenta que son niños o adolescentes a quienes la protección integral y la defensa de ellos debe ser con un tratamiento especial. Dentro de todo el procedimiento debe de haber una supervisión que garantice, la no violación del derecho del infractor, sin importar la conducta delictiva que haya realizado.

La Jefe del grupo  Infancia y Adolescencia de la Policía Nacional en el Cesar, subteniente Diana Milena Segura Ramírez, en diálogo con EL PILÓN aseguró que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes advierte que a los infractores no se les debe tomar como victimarios, sino como víctimas, esto quiere decir, que sí un adolescente llega a asesinar a una persona, se entiende que el menor no tenía la capacidad para tomar esa decisión y la acción que tomó fue producto de alguna conducción por otro individuo o porque la misma sociedad no le garantizó un ambiente sano en el que se debía desarrollar.

La subteniente Segura Ramírez, especialista en el manejo, expresó que según lo establecido por la Ley 1098 de 2006, del Código de Infancia y Adolescencia, categóricamente o explícitamente se determina que al tener una conducta de estas, debe tener una sanción protectora y resocializadora para el niño o adolescente, “no se puede llegar a privar de la libertad indiscriminadamente”. 

Los barrios donde más viven los menores y adolescentes apresados son: La Nevada, San Martín y Primero de Mayo. Al parecer quienes han sido retenidos por las autoridades de Infancia y Adolescencia en Valledupar, y serían por consumidores de alucinógenos. 

Según pudo conocer este diario, las zonas más atacadas por menores infractores son las avenidas Los Cortijos y Simón Bolívar, el Balneario Hurtado y barrios ubicados en las comunas tres, cuatro y cinco. En la ciudad donde existen 210 barrios, 17 asentamientos en zona de alto riesgo y 11 invasiones, los delitos por los que más apresan a los menores, son: hurto y porte o tráfico de estupefacientes. 

Según datos de la Policía Nacional, en Colombia entre septiembre de 2011 y el mismo mes de 2012, los 28.887 menores procesados ante la ley representan el 11,6% del total de capturas en el país. El 70,5% de casos correspondió a adolescentes entre 16 y 17 años. Sin embargo, también ingresaron al sistema 228 niños menores de 14 años.

Los delitos que más comenten los menores infractores fueron el hurto y el porte y tráfico de estupefacientes. Delitos como homicidio, secuestro, extorsión o violencia sexual corresponden al 4,7%.

La finalidad del Código Penal para Adolescentes es buscar establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.

¿Cuándo el menor es capturado? 

En caso de encontrar o apresar un menor infractor, la Policía de Infancia y Adolescencia se encarga de llevarlo al Centro de Servicios Jurídicos Especiales para Adolescentes (Cespa), luego se activa una ruta de atención del caso, se recibe la denuncia, se identifica plenamente la identidad de la persona, el nombre de los padres, condición social del mismo, entre otros que se suman a los actos realizados por las fiscalías especializadas para adolescentes y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, encargado de garantizar que durante el proceso ninguno de los derechos sean vulnerados.

Para que un adolescente se ingresado al Cromi, debe ser mayor de 16 años y entran solo aquellos que comentan conductas delictivas, que en el Código Penal en la Ley 906 establezcan penas de mayor a 6 años.

Las sanciones incluidas dentro del Código Penal que dan para ser trasladados al centro de reclusión son: homicidio, secuestro, extorsión y violación sexual. 

Los delitos menores 

Para los delitos menores como hurto, agresión, violencia, entre otros, las autoridades manejan la figura de libertad asistida, que consiste en que después de un juicio, el adolescente debe cumplir con algunos acuerdos, entre ellos presentarse al Cromi para hacer trabajos de resocialización, estar situado en su residencia, además los padres de familia deben hacer un compromiso con las autoridades para que el infractor no vuelva a cometer actos delictivos. 

Las razones de los padres 

Las autoridades indican que la falta de crianza durante el proceso de crecimiento por parte de los padres, es uno de los principales factores que involucra a los menores de edad o adolescentes a cometer hechos delictivos. También se han identificado que problemas con familias disfuncionales (padres separados), los cambios de roles, en donde los adolescentes por encontrarse o vivir en condiciones de vulnerabilidad salen a buscar dinero y eso no es corregido por los padres.  


La función del ICBF

El defensor de Familia del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescente en Valledupar, Mirel Felizzola, una vez ingresa el adolescente al Sistema de Responsabilidad Penal, se verifica  la garantía de derechos del adolescente, se mira el estado de amenaza y vulneración de los derechos de él. “Inmediatamente el ICBF a través de un proceso administrativo de restablecimiento de derechos inicia esa investigación para que le sean garantizados los derechos que tenga vulnerados o amenazados, en el sentido que el adolescente tenga una familia funcional, sea garante de derechos como la educación, salud, y que tenga todos los beneficios de toda niña o niño y adolescente”.

El funcionario indicó que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar hace un acompañamiento de todo el proceso penal, para que no haya violación en su proceso penal.  

¿Cuáles son las medidas para restablecer los derechos de los niños?

Amonestación a los padres de familia o responsables con asistencia obligatoria a curso pedagógico a cargo del Ministerio Público; retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la situación que amenace o vulnere sus derechos y ubicación en un programa de atención especializado para restablecer los derechos vulnerados; ubicación en medio familiar o institucional; adopción; promover las acciones policivas, administrativas o judiciales a que haya lugar.

Las instituciones competentes para el restablecimiento de derechos son; el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a través de la sectorial de Defensorías de Familia; las Comisarías de Familia, el Ministerio Público por medio de la Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Personerías, la Policía Nacional con la Policía de la Infancia y Adolescencia, a nivel municipal donde no haya Defensor de Familia, el Comisario de Familia asumirá esas funciones y en su ausencia le corresponderá al Inspector de Policía.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen a los adolescentes que se les declara responsabilidad penal?

  • Amonestación
  • Reglas de conducta
  • Prestación de servicios a la comunidad
  • Libertad asistida
  • Internación en medio semicerrado
  • Privación de libertad en centro de atención especializado

Las sanciones previstas se cumplirán en programas de atención especializados el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y el Defensor de Familia o quien haga sus veces deberá controlar su cumplimiento y verificar la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Un recordado caso 

El 26 de septiembre de 2011, un niño fue lanzado desde el puente colgante del Balneario Hurtado, el menor respondía al nombre de Sebastián Andrés Orozco De Ávila, al día siguiente fue hallado en un islote del sector conocido como Zapato en Mano, de la margen derecha del río Guatapurí. 

La madre del menor, quien tenía en ese momento 17 años, montó una completa ‘película’, para culpar a personas indeterminadas, en primer lugar aseguró ante las autoridades la existencia de un secuestro, luego  el bebé de 18 meses de nacido, apareció muerto.  
La Fiscalía 17 Seccional, encargada del caso, asumió como clara la entrevista rendida por la joven madre, el 3 de octubre de 2011 y solicitó ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Garantías de Valledupar la orden de captura contra el padre biológico del menor. La solicitud fue aceptada, al igual que su legalización ante el mismo despacho judicial.

Miguel Ángel Nieto Barrios, padre de Sebastián Andrés, en su versión negó las declaraciones de la madre y aseguró que era un ser humano y nunca cometería un hecho tan “cruel” como ese. 

Después de pasar varios días, en Valledupar se quería conocer la verdad del caso, ya que las versiones entregadas por la progenitora del pequeño tenían algunas inconsistencias y las pruebas que rendía el padre, tenían alguna veracidad. Según un informe entregado por la Policía de Infancia y Adolescencia del Cesar “el 26 de septiembre de 2011, a las 5:00 de la tarde, la madre se dirigió con su hijo de un año, caminando hacia el río Guatapurí desde su casa en el barrio La Nevada, llegando hasta la parte inferior del sector conocido como El Puente Colgante, lugar en el que arrojó a su bebé, toda vez que había maquinado el plan desde una semana antes, lanzándolo de cabeza hacia el río, donde se golpeó contra una de las piedras, observando cómo el menor era transportado por la corriente”.

El resultado final de las investigaciones ultimó que la madre de Sebastián Andrés Orozco De Ávila fue la causante del homicidio contra el menor de un año y tres meses de edad. 

Finalmente, la justicia colombiana decidió entregarle a la madre infractora recibió una sanción de 72 meses (6 años y cuatro meses) de reclusión en un Centro Especializado de Adolescentes fuera de Valledupar, ya que el existente en la capital del Cesar es transitorio. 

Cifras

En la actualidad, el ICBF en Colombia atiende a 3.300 adolescentes que se encuentran privados de la libertad por haber cometido delitos. Otros 2.200 gozan de libertad, pero siguen vinculados a un proceso y son objeto de vigilancia por parte de la entidad. Las causas económicas son: la pobreza, la desigualdad, el no acceder a la educación y la violencia intrafamiliar que, en muchas ocasiones, expulsa a los menores y terminan vinculados al delito. 

Sobre el tema penal, también quedó escrito en la ley que quien cometa un abuso contra un menor no gozará del mínimo beneficio, ni rebaja de penas, tema que empieza a regir desde este momento. 

Inversión 

La Directora General (encargada) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Adriana González Maxcyclak, reveló que la entidad ha invertido más de 447 mil millones de pesos para atender la demanda de cupos del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), el cual ha recibido 121.917 jóvenes en conflicto con la ley, desde marzo de 2007 cuando fue creado.

  • La privación de la libertad es excepcional y solo podrá definirse hasta por 5 años para delitos graves y 8 años para delitos gravísimos (homicidio doloso, secuestro o extorsión). 

“La comunidad debe de ser consciente que cuando una ciudad presenta tantos cambios de crecimientos económicos, hay muchos cambios estructurales”: Jefe del grupo Infancia y Adolescencia de la Policía Nacional, subteniente Diana Segura Ramírez.