Publicidad
Categorías
Categorías
Cesar - 5 diciembre, 2017

Contraloría encontró otras irregularidades en contrato de la vía Ocaña-Gamarra

Con cinco presuntos hallazgos fiscales por $ 19.746 millones de pesos, concluyó la auditoría que realizó la Contraloría General de la República a la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI, sobre su gestión en la vigencia 2016. Lea aquí el informe del organismo de control.

De estos hallazgos $4.729 millones corresponden a la evaluación efectuada al contrato de Concesión Ruta del Sol, Sector 2, donde igualmente se evidenciaron 2 presuntos hallazgos penales, que también tienen alcance disciplinario, por la posible omisión de requisitos previos para la celebración de los Otrosí 3 y 6, referentes a la vía Ocaña-Gamarra, contrato salpicado por el escándalo de Odebrechet.

Según la Contraloría, mediante el Otrosí No. 6 se modificó el objeto, valor o monto de la contraprestación, plazo y cupos anuales de vigencias futuras, sin obtener previamente las autorizaciones legales correspondientes y sin contar con las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales, omitiendo así requisitos legales esenciales para el efectivo trámite del Otrosí, y vulnerando presuntamente lo establecido en los principios previstos en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993, y en otras normas referentes a la contratación estatal.

Además, los estudios y las obras contenidas en los Otrosíes No. 3 y 6 fueron adjudicadas de manera directa y no a través de un nuevo proceso de selección pública, desconociendo que las mismas no tenían relación directa y necesaria con el objeto inicial, pues no se requerían para lograr su finalidad y no se referían al mismo corredor vial, situación que hacía inviable la suscripción de los Otrosíes.

Síntesis de resultados de auditoría a la ANI

*Un hallazgo fiscal, por $15.016 millones,  que tiene que ver con la ejecución del contrato de concesión Transversal de las Américas, Sector 1.

*La auditoría dio un concepto “Desfavorable” a la gestión de la ANI, emitió opinión “Con Salvedades” sobre sus estados financieros,  No Feneció la cuenta fiscal de la entidad y dio un concepto “Con Deficiencias” sobre su control interno.

*En total, el proceso auditor estableció 47 hallazgos administrativos, de los cuales aparte de los presuntos fiscales y penales ya señalados, 18 tendrían presuntamente connotación disciplinaria.

 

Hallazgos relativos a la Ruta del Sol, Sector 2

 

Teniendo en cuenta el alcance de la auditoría, de la evaluación efectuada al Contrato de Concesión Ruta del Sol, Sector 2, y a los procesos de la ANI que se relacionan con dicha Concesión, se establecieron 19 hallazgos, de los cuales presuntamente: 2 tienen alcance penal y disciplinario, 4 incidencia fiscal y disciplinaria por un valor de $4.729,9 millones, y  12 connotación disciplinaria.

Hallazgos con presunta incidencia fiscal

Los 4 hallazgos con presunta incidencia fiscal ascienden a un monto de $4.729,9 millones, y adicionalmente tienen presunta connotación disciplinaria. Y corresponden a:

1)  Saldo a favor de $198.6 millones de la ANI en recursos de vigencias futuras por pago superior debido a que se utilizó un IPC y TRM desactualizado, cuya devolución no había sido solicitada en el momento de la auditoría y al respecto la ANI manifiesta que el saldo a favor será incluido en la fórmula de liquidación;

2) Costos de operación del Peaje Gamarra por construcción y entrada en operación tardía, que generan un presunto daño patrimonial por $3.040 millones;

3) Mayor pago al Concesionario en 2011 que no ha sido reintegrado a la ANI, por monto actualizado de $153.3 millones; y

4) Remuneración de costo financiero al Concesionario por Supervisión Aérea y Estudios y Obras Ruta del Sol Sector 2, por un monto de $1.338 millones, lo que desborda la naturaleza de los contratos de concesión ya que conforme a la ejecución del contrato los recursos no se utilizaron para la supervisión aérea, generando excesos de liquidez utilizados para fondear la subcuenta de Estudios y Obras, lo cuak se constituye en una presunta gestión antieconómica.

La CGR había determinado esta situación en vigencias anteriores y por tanto la Entidad incorporó en su Plan de Mejoramiento acciones tendientes a superar este hallazgo; sin embargo, como resultado de la evaluación efectuada al mismo se concluyó que las acciones no fueron efectivas.

Hallazgos con presunta connotación disciplinaria

Por su parte los 6 hallazgos disciplinarios restantes, en el contrato Ruta del Sol, Sector 2, se encuentran relacionados con los siguientes temas:

  • La distribución del ingreso que supere el Valor Presente de los Ingresos Totales  (VPIT) del Adicional, definida mediante el Otrosí No. 6, convino que si llegase a obtenerse el VPIT antes del año 2035, el 50% del valor recaudado se entregaría al Concesionario hasta el año de terminación del contrato.

    Esta situación presuntamente generaría una gestión antieconómica por un posible favorecimiento al Concesionario con un ingreso adicional, que no hace parte de la contraprestación que se comprometió a pagar el Estado por la inversión y los servicios contratados, y con el agravante que no hace parte del modelo financiero con el que se estableció el VPIT del Otrosí No. 6.

Al respecto, es preciso resaltar que en anteriores auditorías, sobre otros contratos de concesión, la CGR ha cuestionado a la ANI sobre la distribución de los ingresos adicionales que sobrepasan su máximo dado que se continúan incorporando este tipo de estipulaciones contractuales que van en contravía de las normas que regulan el tema.

  • El estado de avance del proyecto evidencia que las obras no se efectuaron dentro de los plazos establecidos en el Plan de Obras, lo que genera que no se obtuvieran oportunamente los beneficios para la comunidad, existiendo el riesgo que se aumenten los costos de la concesión.
  • Deficiencias e inoportunidad en la gestión predial del concesionario y fallas en la efectividad del control y seguimiento de la ejecución y cumplimiento contractual ejercido por la ANI y la Interventoría, reflejadas en el notable atraso del cumplimiento de las obras, resultando en el incumplimiento de obligaciones pactadas.
  • Incumplimiento en la realización de las obras complementarias de peajes y pesaje Gamarra y Platanal y el Sistema ITS, de acuerdo con los plazos establecidos en el Plan de Obras definido en el Otrosí No. 6.
  • Inadecuada planeación y falta de control respecto al seguimiento, vigilancia y supervisión frente a la ejecución del contrato, al contratar la interventoría de manera fraccionada y sin continuidad en algunos períodos.

Hallazgos administrativos

Así mismo, se determinaron 7 hallazgos administrativos relacionados con situaciones como:

  • Deficiencias en la gestión de predios, que retrasaron la ejecución de obras.
  • El avance físico total del proyecto de la etapa de construcción a la fecha de suscripción del acuerdo de terminación y liquidación no correspondía con el establecido contractualmente.

·Ausencia del Comité Fiduciario en el contrato celebrado entre el Concesionario y la Fiduciaria, lo que hubiese permitido realizar un adecuado seguimiento y control por parte de la entidad y la interventoría sobre la gestión de la Fiduciaria.

  • Algunos elementos y/o materiales de las estructuras en construcción como box-coulvert y puentes, se encuentran expuestos sin la debida protección, generando posibles desgastes y mayores reprocesos para garantizar su vida útil.

Resultados de la Evaluación al Contrato No. 08 de 2010 – Transversal de las Américas Sector 1

Se establecieron 5 hallazgos, de los cuales presuntamente: uno (1) tiene incidencia fiscal y disciplinaria, por un valor de $15.016 millones y cuatro 4 alcance disciplinario.

Hallazgo con presunta incidencia fiscal

El hallazgo con presunta incidencia fiscal, que adicionalmente tiene presunta connotación disciplinaria, se estableció con ocasión de las inversiones realizadas en obras que a la fecha no han sido funcionales e ingresos no percibidos por concepto de los peajes de Cirilo y Río Grande, que ascienden a un monto de $15.016 millones.

Hallazgos con presunto alcance disciplinario

Por su parte los 3 hallazgos con presunto alcance disciplinario restantes obedecen a:

  • Inadecuada planeación y ausencia de un efectivo control por parte de la Entidad respecto a la coordinación, control y vigilancia que debe mantener de manera constante y permanente respecto a la ejecución y cumplimiento del Contrato, dado que existieron períodos de tiempo equivalentes a 5.5 meses en los cuales la concesión no presenta vigilancia ni seguimiento por parte de una interventoría.
  • Atrasos significativos en la construcción del contrato originados por la baja gestión predial.
  • El Concesionario no ha ejecutado las obras de mejoramiento y/o rehabilitación del paso urbano de Talaigua Nuevo de acuerdo con el alcance inicial.
  • Ausencia del Comité Fiduciario en el contrato celebrado entre el Concesionario y la Fiduciaria, lo que hubiese permitido realizar un adecuado seguimiento y control por parte de la entidad y la interventoría sobre la gestión de la Fiduciaria.
  • Algunos elementos y/o materiales de las estructuras en construcción como box-coulvert y puentes, se encuentran expuestos sin la debida protección, generando posibles desgastes y mayores reprocesos para garantizar su vida útil.

Resultados de la Evaluación al Contrato No. 08 de 2010

 – Transversal de las Américas Sector 1

Se establecieron 5 hallazgos, de los cuales presuntamente: uno (1) tiene incidencia fiscal y disciplinaria, por un valor de $15.016 millones y cuatro 4 alcance disciplinario.

Hallazgo con presunta incidencia fiscal

El hallazgo con presunta incidencia fiscal, que adicionalmente tiene presunta connotación disciplinaria, se estableció con ocasión de las inversiones realizadas en obras que a la fecha no han sido funcionales e ingresos no percibidos por concepto de los peajes de Cirilo y Río Grande, que ascienden a un monto de $15.016 millones.

Hallazgos con presunto alcance disciplinario

Por su parte los 3 hallazgos con presunto alcance disciplinario restantes obedecen a:

  • Inadecuada planeación y ausencia de un efectivo control por parte de la Entidad respecto a la coordinación, control y vigilancia que debe mantener de manera constante y permanente respecto a la ejecución y cumplimiento del Contrato, dado que existieron períodos de tiempo equivalentes a 5.5 meses en los cuales la concesión no presenta vigilancia ni seguimiento por parte de una interventoría.
  • Atrasos significativos en la construcción del contrato originados por la baja gestión predial.
  • El Concesionario no ha ejecutado las obras de mejoramiento y/o rehabilitación del paso urbano de Talaigua Nuevo de acuerdo con el alcance inicial.

Cesar
5 diciembre, 2017

Contraloría encontró otras irregularidades en contrato de la vía Ocaña-Gamarra

Con cinco presuntos hallazgos fiscales por $ 19.746 millones de pesos, concluyó la auditoría que realizó la Contraloría General de la República a la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI, sobre su gestión en la vigencia 2016. Lea aquí el informe del organismo de control.


De estos hallazgos $4.729 millones corresponden a la evaluación efectuada al contrato de Concesión Ruta del Sol, Sector 2, donde igualmente se evidenciaron 2 presuntos hallazgos penales, que también tienen alcance disciplinario, por la posible omisión de requisitos previos para la celebración de los Otrosí 3 y 6, referentes a la vía Ocaña-Gamarra, contrato salpicado por el escándalo de Odebrechet.

Según la Contraloría, mediante el Otrosí No. 6 se modificó el objeto, valor o monto de la contraprestación, plazo y cupos anuales de vigencias futuras, sin obtener previamente las autorizaciones legales correspondientes y sin contar con las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales, omitiendo así requisitos legales esenciales para el efectivo trámite del Otrosí, y vulnerando presuntamente lo establecido en los principios previstos en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993, y en otras normas referentes a la contratación estatal.

Además, los estudios y las obras contenidas en los Otrosíes No. 3 y 6 fueron adjudicadas de manera directa y no a través de un nuevo proceso de selección pública, desconociendo que las mismas no tenían relación directa y necesaria con el objeto inicial, pues no se requerían para lograr su finalidad y no se referían al mismo corredor vial, situación que hacía inviable la suscripción de los Otrosíes.

Síntesis de resultados de auditoría a la ANI

*Un hallazgo fiscal, por $15.016 millones,  que tiene que ver con la ejecución del contrato de concesión Transversal de las Américas, Sector 1.

*La auditoría dio un concepto “Desfavorable” a la gestión de la ANI, emitió opinión “Con Salvedades” sobre sus estados financieros,  No Feneció la cuenta fiscal de la entidad y dio un concepto “Con Deficiencias” sobre su control interno.

*En total, el proceso auditor estableció 47 hallazgos administrativos, de los cuales aparte de los presuntos fiscales y penales ya señalados, 18 tendrían presuntamente connotación disciplinaria.

 

Hallazgos relativos a la Ruta del Sol, Sector 2

 

Teniendo en cuenta el alcance de la auditoría, de la evaluación efectuada al Contrato de Concesión Ruta del Sol, Sector 2, y a los procesos de la ANI que se relacionan con dicha Concesión, se establecieron 19 hallazgos, de los cuales presuntamente: 2 tienen alcance penal y disciplinario, 4 incidencia fiscal y disciplinaria por un valor de $4.729,9 millones, y  12 connotación disciplinaria.

Hallazgos con presunta incidencia fiscal

Los 4 hallazgos con presunta incidencia fiscal ascienden a un monto de $4.729,9 millones, y adicionalmente tienen presunta connotación disciplinaria. Y corresponden a:

1)  Saldo a favor de $198.6 millones de la ANI en recursos de vigencias futuras por pago superior debido a que se utilizó un IPC y TRM desactualizado, cuya devolución no había sido solicitada en el momento de la auditoría y al respecto la ANI manifiesta que el saldo a favor será incluido en la fórmula de liquidación;

2) Costos de operación del Peaje Gamarra por construcción y entrada en operación tardía, que generan un presunto daño patrimonial por $3.040 millones;

3) Mayor pago al Concesionario en 2011 que no ha sido reintegrado a la ANI, por monto actualizado de $153.3 millones; y

4) Remuneración de costo financiero al Concesionario por Supervisión Aérea y Estudios y Obras Ruta del Sol Sector 2, por un monto de $1.338 millones, lo que desborda la naturaleza de los contratos de concesión ya que conforme a la ejecución del contrato los recursos no se utilizaron para la supervisión aérea, generando excesos de liquidez utilizados para fondear la subcuenta de Estudios y Obras, lo cuak se constituye en una presunta gestión antieconómica.

La CGR había determinado esta situación en vigencias anteriores y por tanto la Entidad incorporó en su Plan de Mejoramiento acciones tendientes a superar este hallazgo; sin embargo, como resultado de la evaluación efectuada al mismo se concluyó que las acciones no fueron efectivas.

Hallazgos con presunta connotación disciplinaria

Por su parte los 6 hallazgos disciplinarios restantes, en el contrato Ruta del Sol, Sector 2, se encuentran relacionados con los siguientes temas:

  • La distribución del ingreso que supere el Valor Presente de los Ingresos Totales  (VPIT) del Adicional, definida mediante el Otrosí No. 6, convino que si llegase a obtenerse el VPIT antes del año 2035, el 50% del valor recaudado se entregaría al Concesionario hasta el año de terminación del contrato.

    Esta situación presuntamente generaría una gestión antieconómica por un posible favorecimiento al Concesionario con un ingreso adicional, que no hace parte de la contraprestación que se comprometió a pagar el Estado por la inversión y los servicios contratados, y con el agravante que no hace parte del modelo financiero con el que se estableció el VPIT del Otrosí No. 6.

Al respecto, es preciso resaltar que en anteriores auditorías, sobre otros contratos de concesión, la CGR ha cuestionado a la ANI sobre la distribución de los ingresos adicionales que sobrepasan su máximo dado que se continúan incorporando este tipo de estipulaciones contractuales que van en contravía de las normas que regulan el tema.

  • El estado de avance del proyecto evidencia que las obras no se efectuaron dentro de los plazos establecidos en el Plan de Obras, lo que genera que no se obtuvieran oportunamente los beneficios para la comunidad, existiendo el riesgo que se aumenten los costos de la concesión.
  • Deficiencias e inoportunidad en la gestión predial del concesionario y fallas en la efectividad del control y seguimiento de la ejecución y cumplimiento contractual ejercido por la ANI y la Interventoría, reflejadas en el notable atraso del cumplimiento de las obras, resultando en el incumplimiento de obligaciones pactadas.
  • Incumplimiento en la realización de las obras complementarias de peajes y pesaje Gamarra y Platanal y el Sistema ITS, de acuerdo con los plazos establecidos en el Plan de Obras definido en el Otrosí No. 6.
  • Inadecuada planeación y falta de control respecto al seguimiento, vigilancia y supervisión frente a la ejecución del contrato, al contratar la interventoría de manera fraccionada y sin continuidad en algunos períodos.

Hallazgos administrativos

Así mismo, se determinaron 7 hallazgos administrativos relacionados con situaciones como:

  • Deficiencias en la gestión de predios, que retrasaron la ejecución de obras.
  • El avance físico total del proyecto de la etapa de construcción a la fecha de suscripción del acuerdo de terminación y liquidación no correspondía con el establecido contractualmente.

·Ausencia del Comité Fiduciario en el contrato celebrado entre el Concesionario y la Fiduciaria, lo que hubiese permitido realizar un adecuado seguimiento y control por parte de la entidad y la interventoría sobre la gestión de la Fiduciaria.

  • Algunos elementos y/o materiales de las estructuras en construcción como box-coulvert y puentes, se encuentran expuestos sin la debida protección, generando posibles desgastes y mayores reprocesos para garantizar su vida útil.

Resultados de la Evaluación al Contrato No. 08 de 2010 – Transversal de las Américas Sector 1

Se establecieron 5 hallazgos, de los cuales presuntamente: uno (1) tiene incidencia fiscal y disciplinaria, por un valor de $15.016 millones y cuatro 4 alcance disciplinario.

Hallazgo con presunta incidencia fiscal

El hallazgo con presunta incidencia fiscal, que adicionalmente tiene presunta connotación disciplinaria, se estableció con ocasión de las inversiones realizadas en obras que a la fecha no han sido funcionales e ingresos no percibidos por concepto de los peajes de Cirilo y Río Grande, que ascienden a un monto de $15.016 millones.

Hallazgos con presunto alcance disciplinario

Por su parte los 3 hallazgos con presunto alcance disciplinario restantes obedecen a:

  • Inadecuada planeación y ausencia de un efectivo control por parte de la Entidad respecto a la coordinación, control y vigilancia que debe mantener de manera constante y permanente respecto a la ejecución y cumplimiento del Contrato, dado que existieron períodos de tiempo equivalentes a 5.5 meses en los cuales la concesión no presenta vigilancia ni seguimiento por parte de una interventoría.
  • Atrasos significativos en la construcción del contrato originados por la baja gestión predial.
  • El Concesionario no ha ejecutado las obras de mejoramiento y/o rehabilitación del paso urbano de Talaigua Nuevo de acuerdo con el alcance inicial.
  • Ausencia del Comité Fiduciario en el contrato celebrado entre el Concesionario y la Fiduciaria, lo que hubiese permitido realizar un adecuado seguimiento y control por parte de la entidad y la interventoría sobre la gestión de la Fiduciaria.
  • Algunos elementos y/o materiales de las estructuras en construcción como box-coulvert y puentes, se encuentran expuestos sin la debida protección, generando posibles desgastes y mayores reprocesos para garantizar su vida útil.

Resultados de la Evaluación al Contrato No. 08 de 2010

 – Transversal de las Américas Sector 1

Se establecieron 5 hallazgos, de los cuales presuntamente: uno (1) tiene incidencia fiscal y disciplinaria, por un valor de $15.016 millones y cuatro 4 alcance disciplinario.

Hallazgo con presunta incidencia fiscal

El hallazgo con presunta incidencia fiscal, que adicionalmente tiene presunta connotación disciplinaria, se estableció con ocasión de las inversiones realizadas en obras que a la fecha no han sido funcionales e ingresos no percibidos por concepto de los peajes de Cirilo y Río Grande, que ascienden a un monto de $15.016 millones.

Hallazgos con presunto alcance disciplinario

Por su parte los 3 hallazgos con presunto alcance disciplinario restantes obedecen a:

  • Inadecuada planeación y ausencia de un efectivo control por parte de la Entidad respecto a la coordinación, control y vigilancia que debe mantener de manera constante y permanente respecto a la ejecución y cumplimiento del Contrato, dado que existieron períodos de tiempo equivalentes a 5.5 meses en los cuales la concesión no presenta vigilancia ni seguimiento por parte de una interventoría.
  • Atrasos significativos en la construcción del contrato originados por la baja gestión predial.
  • El Concesionario no ha ejecutado las obras de mejoramiento y/o rehabilitación del paso urbano de Talaigua Nuevo de acuerdo con el alcance inicial.