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Política - 24 febrero, 2017

Consejo de Estado revoca fallo a Gustavo Gnecco Oñate

Además el fallo de la acción de repetición se presentó en junio de 2003 ante el tribunal, pero solo tres años después se le notificó a Gnecco, lo cual es considerado extemporáneo según la ley.

El proceso que involucra a Gustavo Gnecco Oñate inició en 1982 y sólo hasta ahora se resuelve la situación. Foto: Leonardo Alvarado.
El proceso que involucra a Gustavo Gnecco Oñate inició en 1982 y sólo hasta ahora se resuelve la situación. Foto: Leonardo Alvarado.

Después de varios años de haber sido sentenciado a pagar más de 1.200 millones de pesos al departamento del Cesar, Gustavo Gnecco Oñate salió airoso con un fallo que emitió el Consejo de Estado a su favor, en el que ordena revocar todas las sentencias proferidas por un proceso que inició en 1982, cuando era gerente de Empocesar.

La demanda fue interpuesta por Jorge Saade Acosta, a quien para la fecha le entregaron el matadero del municipio de La Paz, para que lo pusiera en funcionamiento.

Según Gnecco Oñate, después de un año de haberle entregado el sitio a Saade, este demandó a la empresa al afirmar que no se le había entregado la licencia de funcionamiento y allí inició el proceso.

En ese momento condenaron a Empocesar y embargaron las cuentas del departamento que para el año 2003 terminó pagando 1.200 millones de pesos, en el gobierno de Guillermo Castro, que presentó un recurso de acción de repetición en contra de Gustavo Gnecco por ser el representante legal de la entidad.

Gnecco Oñate se defendió y perdió la demanda, condenado a pagar el mismo valor; sin embargo, apeló ante el Consejo de Estado, que tres años después falló a su favor.

El alto tribunal reconoció en el fallo que la licencia de funcionamiento se le entregó al comprador, por tanto sí contaba con ella para ponerlo a funcionar en el momento que lo compró; si luego se produjeron algunas modificaciones le correspondía a él tramitarlas.

Además el fallo de la acción de repetición se presentó en junio de 2003 ante el tribunal, pero solo tres años después se le notificó a Gnecco, lo cual es considerado extemporáneo según la ley.

Andreina Bandera / EL PILÓN
Andreina.bandera@elpilon.com.co

 

Política
24 febrero, 2017

Consejo de Estado revoca fallo a Gustavo Gnecco Oñate

Además el fallo de la acción de repetición se presentó en junio de 2003 ante el tribunal, pero solo tres años después se le notificó a Gnecco, lo cual es considerado extemporáneo según la ley.


El proceso que involucra a Gustavo Gnecco Oñate inició en 1982 y sólo hasta ahora se resuelve la situación. Foto: Leonardo Alvarado.
El proceso que involucra a Gustavo Gnecco Oñate inició en 1982 y sólo hasta ahora se resuelve la situación. Foto: Leonardo Alvarado.

Después de varios años de haber sido sentenciado a pagar más de 1.200 millones de pesos al departamento del Cesar, Gustavo Gnecco Oñate salió airoso con un fallo que emitió el Consejo de Estado a su favor, en el que ordena revocar todas las sentencias proferidas por un proceso que inició en 1982, cuando era gerente de Empocesar.

La demanda fue interpuesta por Jorge Saade Acosta, a quien para la fecha le entregaron el matadero del municipio de La Paz, para que lo pusiera en funcionamiento.

Según Gnecco Oñate, después de un año de haberle entregado el sitio a Saade, este demandó a la empresa al afirmar que no se le había entregado la licencia de funcionamiento y allí inició el proceso.

En ese momento condenaron a Empocesar y embargaron las cuentas del departamento que para el año 2003 terminó pagando 1.200 millones de pesos, en el gobierno de Guillermo Castro, que presentó un recurso de acción de repetición en contra de Gustavo Gnecco por ser el representante legal de la entidad.

Gnecco Oñate se defendió y perdió la demanda, condenado a pagar el mismo valor; sin embargo, apeló ante el Consejo de Estado, que tres años después falló a su favor.

El alto tribunal reconoció en el fallo que la licencia de funcionamiento se le entregó al comprador, por tanto sí contaba con ella para ponerlo a funcionar en el momento que lo compró; si luego se produjeron algunas modificaciones le correspondía a él tramitarlas.

Además el fallo de la acción de repetición se presentó en junio de 2003 ante el tribunal, pero solo tres años después se le notificó a Gnecco, lo cual es considerado extemporáneo según la ley.

Andreina Bandera / EL PILÓN
Andreina.bandera@elpilon.com.co