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Informe - 7 enero, 2017

Beneficios de la ampliación de la licencia de maternidad

Después aprobarse en el Congreso de la República  la nueva ley que extiende licencia de maternidad de 14 a 18 semanas y que entrará en vigencia a partir de este año, esta normativa tiene además otros beneficios que usted tiene que conocer a la hora de solicitar este tiempo.

La propuesta abanderada por el partido  del Centro Democrático, no solo amplia el tiempo en el cual las madres pueden estar con sus recién nacidos a cuatro meses y medio sino además las futuras madres gozarán del salario que devenguen en el momento de iniciar su licencia, incluso si este no es un salario fijo. Para este último caso se tomará en cuenta el salario del último año de la mamá.

Este nuevo régimen no solo acoge a las madres biológicas sino también a las adoptivas y padres responsables del recién nacido. Es decir,  si la mamá no puede cuidar al bebé por enfermedad o muerte, el papá también tendrá el equivalente a 18 semanas para estar con el niño. De ser un caso normal donde la madre pueda estar con el recién nacido, el papá solo tendrá un periodo de ocho día hábiles.

Las trabajadoras que hagan uso de la licencia en época de preparto tomarán las 18 semanas de licencia a las que tiene derecho, de la siguiente manera:

La licencia de maternidad antes  del parto será de una semana obligatoria antes de la fecha probable del parto y tendrá de 17 semanas licencia, luego de que nazca el niño
Si por alguna razón de salud la madre debe tomar dos semanas antes, gozará entonces de 16 semanas de licencia después del nacimiento del bebe.

Así mismo, en el caso de la mujer en gestación por alguna razón excepcional no disfrute de la semana preparto obligatoria, o de algunas de las semanas de descanso, tendrá derecho al pago de este tiempo que no gozó de licencia. En la situación de un parto múltiple podrá exigir el pago de dos semanas adicionales y, en caso de que el hijo sea prematuro, al pago de la diferencia de tiempo entre la fecha del nacimiento y la fecha el cual estaba establecido el parto.

Tenga en cuenta que para poder solicitar las 18 semanas completas, tendrá que reportar ante el empleador el inicio del estado de embarazo, el día en el que probablemente nacerá él bebe y el día que empezará la licencia, teniendo en cuenta que con la nueva ley podrá iniciar dos semanas antes del parto.

La ley 182 de 2016 también cobija a las madres de niños prematuros, pues a los cuatro meses obligatorios se le deberá sumar el tiempo que se adelante el parto.

Informe
7 enero, 2017

Beneficios de la ampliación de la licencia de maternidad

Después aprobarse en el Congreso de la República  la nueva ley que extiende licencia de maternidad de 14 a 18 semanas y que entrará en vigencia a partir de este año, esta normativa tiene además otros beneficios que usted tiene que conocer a la hora de solicitar este tiempo.


La propuesta abanderada por el partido  del Centro Democrático, no solo amplia el tiempo en el cual las madres pueden estar con sus recién nacidos a cuatro meses y medio sino además las futuras madres gozarán del salario que devenguen en el momento de iniciar su licencia, incluso si este no es un salario fijo. Para este último caso se tomará en cuenta el salario del último año de la mamá.

Este nuevo régimen no solo acoge a las madres biológicas sino también a las adoptivas y padres responsables del recién nacido. Es decir,  si la mamá no puede cuidar al bebé por enfermedad o muerte, el papá también tendrá el equivalente a 18 semanas para estar con el niño. De ser un caso normal donde la madre pueda estar con el recién nacido, el papá solo tendrá un periodo de ocho día hábiles.

Las trabajadoras que hagan uso de la licencia en época de preparto tomarán las 18 semanas de licencia a las que tiene derecho, de la siguiente manera:

La licencia de maternidad antes  del parto será de una semana obligatoria antes de la fecha probable del parto y tendrá de 17 semanas licencia, luego de que nazca el niño
Si por alguna razón de salud la madre debe tomar dos semanas antes, gozará entonces de 16 semanas de licencia después del nacimiento del bebe.

Así mismo, en el caso de la mujer en gestación por alguna razón excepcional no disfrute de la semana preparto obligatoria, o de algunas de las semanas de descanso, tendrá derecho al pago de este tiempo que no gozó de licencia. En la situación de un parto múltiple podrá exigir el pago de dos semanas adicionales y, en caso de que el hijo sea prematuro, al pago de la diferencia de tiempo entre la fecha del nacimiento y la fecha el cual estaba establecido el parto.

Tenga en cuenta que para poder solicitar las 18 semanas completas, tendrá que reportar ante el empleador el inicio del estado de embarazo, el día en el que probablemente nacerá él bebe y el día que empezará la licencia, teniendo en cuenta que con la nueva ley podrá iniciar dos semanas antes del parto.

La ley 182 de 2016 también cobija a las madres de niños prematuros, pues a los cuatro meses obligatorios se le deberá sumar el tiempo que se adelante el parto.